El Estado y las Fuerzas Armadas
Llegados a este punto quizás fuera útil que todas las afirmaciones más o menos doctrinales que he hecho fuesen traducidas a ejemplos prácticos. Muy concretamente, creo que a estas alturas todos ustedes estarían legitimados para formularme la pregunta de qué pasa en España, de cómo podrían interpretarse los asertos que preceden al Estado español y a las FAS españolas.
Pues bien, nuestras FAS vienen configuradas por la legalidad vigente que mantiene pocas dudas al respecto, ya que siempre ha mantenido una constante histórica clara y ortodoxa. En efecto, la Ley constitutiva del Ejército de mil ochocientos setenta y ocho y que aún sigue siendo un Código aplicable a la milicia española, dispone que la «primera y más importante misión del Ejército es sostener la independencia de la Patria y defenderla de enemigos exteriores e interiores». En términos similares se expresa la Ley adicional a la constitutiva anterior de mil ochocientos ochenta y nueve, en cuanto afirma que el fin principal del Ejército «es mantener la independencia e integridad de la Patria y el imperio de la constitución y las Leyes».
La legislación más cercana a nosotros se mantiene en la misma línea, como ocurre con la Ley de Principios del Movimiento Nacional de mil novecientos cincuenta y ocho, según la que los Ejércitos de España son «garantía de su seguridad y expresión de virtudes heroicas de nuestro pueblo». Y mucho más concreta, próxima y nítidamente la Ley Orgánica del Estado afirma que las FAS «garantizan la unidad e independencia de la Patria, la integridad de sus territorios, la seguridad nacional y la defensa del orden institucional».
Como fácilmente puede comprobarse, todos estos textos diferencian nítidamente a las FAS del propio Estado, pero las consideran parte integrante de forma sustancial de la misma contextura estatal. Tanto es así, que a nuestras FAS, además de las típicas funciones de defensa nacional, les corresponde también la misión de defensa del orden institucional, y esto debe interpretarse en el sentido de que las FAS son depositarias de los principios, esencias e ideologías consustanciales a nuestro Estado.
Esto significa que nuestro Ejército, por su vocación nacional de servicio a la patria, no puede convertirse en valedor de concretos y contingentes criterios de opción política, pero sí debe ser el valedor político esencial del propio Estado, siempre que se ataque al orden institucional en el que el mismo se asienta.
Franco lo expresó con claridad en múltiples ocasiones. En Sevilla, el año mil novecientos treinta y siete, el Caudillo afirmó que «al ejército no le es lícito sublevarse contra un partido ni contra una constitución porque no le gusten; pero tiene el deber de levantarse en armas para defender la patria cuando está en peligro de muerte.»
En estas palabras queda justificada plenamente la intervención del Ejército el dieciocho de julio de mil novecientos treinta y seis. Esta fecha significa simplemente la respuesta —dolorosamente, la única respuesta posible— para redimir a España del caos en que la sumió la incapacidad republicana para afrontar una avalancha revolucionaria, que sólo quiso tomar apoyo en la democracia para la sovietización de nuestro país. El General Franco y las FAS a sus órdenes fueron la clave de lo que justamente se denominó guerra de liberación. En aquellos momentos, una vez más, las FAS y el Estado español se fundieron como si fueran una misma cosa. Franco, en virtud del Decreto de veintinueve de septiembre de mil novecientos treinta y seis, se convirtió en Jefe de Estado y, a la vez, en Generalísimo de los Ejércitos.
Después, el dilatado y prudentísimo proceso institucional del Régimen fue la respuesta, sabiamente graduada, dada por Franco desde la paulatina autolimitación de sus poderes, a la pacificación del país, a la consolidación del sistema, a la evolución del paisaje político exterior, al nacimiento de una nueva sociedad, etcétera.
Realmente, la dimensión de la figura histórica de Franco es inconmensurable. Franco es el hombre que conduce a un Ejército y a un pueblo en armas hasta la victoria; es el hombre que surca la tormenta de una conflagración mundial sin que zozobre la frágil barca de un Estado incipiente; es el hombre que afronta y hace afrontar a su pueblo, desde la gallardía de nuestra verdad, la soledad de lazareto en que nos residenció la incomprensión mundial; es el hombre que, sin perder el norte supremo de la navegación, sabe aproar el buque, acomodándolo a los rumbos cambiantes de un mundo en transformación; es el hombre que rescata a su Patria de las tinieblas del subdesarrollo y la sitúa en las luces de la modernidad; es el hombre ante cuya invocación deponen los españoles cualquier tentación de insolidaridad. En fin, Franco es el motor de impulsión de la andadura política española, y nos ha dotado de una constitución política abierta y perfectible que asegure el tránsito de su magistratura excepcional e irrepetible a la instauración de la Corona en el Príncipe de España, como culminación de nuestro proceso constitucional. A este objeto últimamente se ha formalizado el pluralismo político a través de la vía asociativa, a fin de preparar —como hace un año dijera el Presidente Arias— el tránsito del consenso nacional expresado en torno a Franco en forma de adhesión, a un futuro consenso en torno a la monarquía en forma de participación.
En este concreto punto vuelve a plantearse un tema clave entre nuestro Estado y sus FAS. En efecto, ¿en qué medida las FAS pueden participar en el futuro en el pluralismo político? O más concretamente, ¿podrán las FAS integrarse en una u otra asociación de las que puedan tener existencia legal en el futuro?
Yo creo que esta pregunta ha sido acertadamente contestada hace un mes, con ocasión de la Pascua Militar, por los tres Ministros militares, de los que me honro en ser compañero en las tareas de gobierno. Efectivamente, los tres Ministros, con exacta coincidencia, afirmaron que las FAS se asientan sobre los valores permanentes de Patria, Honor y Servicio, que como tales constituyen la médula ideológica de la institución castrense erigiéndola en escuela permanente de tales virtudes, estando por ello más allá y por encima de cualquier opción política concreta que quepa dentro del marco constitucional de nuestro Estado.
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