Medidas Económicas del Gobierno
8 DE OCTUBRE DE 1976
Que España vive actualmente una de las coyunturas más trascendentales en orden al establecimiento de un marco adecuado de convivencia social y política para el futuro es un hecho de tan evidente constatación que nadie hoy podría discutirlo o ignorarlo. Pero el tránsito hacia formas auténticamente democráticas promovido por los Gobiernos de la Monarquía es una operación de técnica política delicada y compleja, aunque posible. No obstante, los factores con capacidad para impedir u obstruir la construcción de una plenitud democrática no son sólo de naturaleza política sino también de orden economicosocial.
La correlación entre un contexto económico y social sano, o al menos no excesivamente conflictivo, y el esfuerzo de normalización política que trata de dar al pueblo español el protagonismo de su destino, es innegable. Independientemente de los numerosos alegatos que dan prioridad a la reforma política sobre toda actuación económica, es cierto que una situación de progresivo deterioro de la economía nacional contribuirá en muy escasa medida a que exista un verdadero clima de concordia y paz social, imprescindible para la empresa de democratización del país.
El Gobierno no puede optar por inmovilizar la elaboración de los proyectos políticos básicos hasta conseguir una plena normalización de la vida económica y social, pero sí ha de tratar de corregir con los instrumentos que el poder pone en sus manos las desviaciones y crisis que sufre el cuerpo económico del país, consiguiendo al menos un mínimum sobre el que pueda plantearse el modelo socioeconómico más conveniente para nuestro futuro inmediato.
España no ha sido ajena al desequilibrio financiero y económico mundial, provocado por la escasez y altos costes en la comercialización de fuentes energéticas insustituibles. Con un cierto atraso sobre la crisis inflacionaria generalizada del mundo occidental, nuestro país viene experimentando especialmente desde el año 1973 idéntica conmoción, sin duda alguna acelerada por las tensiones políticas y laborales de los últimos meses. Ante coyuntura de esta naturaleza no son admisibles tratamientos simplistas. La crisis actual escapa en gran medida a los esquemas clásicos de la primera mitad de nuestro siglo, ya que la corriente de crecimiento desmedido de precios va acompañada en esta ocasión de una corriente de depresión y estancamiento generalizados, lo que complica y hace más problemáticos los efectos de las medidas correctoras.
Las cotas de pérdida de valor de la moneda difícilmente soportables dados los aumentos crecientes de precios; la aparición de graves situaciones de desempleo, con quebrantamientos serios en la vida empresarial por presión de costes y deficiencias de financiación, y el cada vez más acusado desequilibrio en las relaciones de intercambio con el exterior, constituyen los tres retos apremiantes a que ha de hacer frente el Gobierno. Por si no fuera suficiente este cuadro de realidades negativas, el hecho de que al mismo tiempo se esté aplicando una política de reformas institucionales aumenta y dificulta la crisis de la economía española y su tratamiento.
El Gobierno había de actuar, y desde luego lo hace adoptando una serie de decisiones con varias finalidades complementarias. En cualquier caso, como se ha afirmado en círculos políticos, los poderes públicos han entendido que la comunidad nacional «no puede soportar el mal, pero tampoco su tratamiento definitivo». Lo primero, porque pone en peligro los logros de un desarrollo económico todo lo imperfecto que se quiera, pero tangible, y atenta asimismo contra el mismo orden social y laboral, además de socavar los esfuerzos para conseguir un sistema nacional de convivencia justo y democrático; lo segundo, porque corresponderá a un momento posterior la adopción de un cuadro de medidas en amplitud y profundidad, cuya ejecución pudiera ahora resultar contraproducente y con efectos contrarios a los pretendidos. Ni siquiera un plan ortodoxo de estabilización, como los que ocupan en la actualidad a determinados Gobiernos europeos, sería trasladable a nuestra propia estructura económica, ya que parten de supuestos y realidades distintos.
En consecuencia, el Gobierno, en el Consejo de Ministros del día 8 de octubre de 1976, y como colofón a varias medidas económicas escalonadamente dictadas con antelación, ha aprobado una serie de normas de política económica orientadas a:
1. Luchar contra la inflación, tanto de costes como de demanda, llegando incluso a la congelación temporal de precios y tarifas. No puede ponerse en cuestión el alcance social del resultado de estas medidas;
2. Conseguir una mayor estabilidad y equilibrio en el sector público, mediante incremento de ingresos en la lucha contra la defraudación fiscal y aumento de tipos impositivos. Al mismo tiempo se abre la posibilidad de reducción del gasto público por supresión o simplificaciones orgánicas;
3. Rectificar la situación deficitaria de nuestra balanza comercial y de pagos por medio de modificaciones arancelarias, y
4. Compensar esta actuación estabilizadora por la fijación de acciones de relanzamiento económico o reactivación acordadas en forma selectiva, a fin de no acentuar los efectos inflacionarios, pero esperando crear un ánimo propicio y confiado en el inversionista.
No estamos ante un plan económico amplio y definitivo, que posiblemente aquí y ahora no sería adecuado. El Gobierno lo entiende así, y por eso ha tomado las decisiones que correspondían como más apropiadas para la realidad crítica en que estamos inmersos.
Hemos considerado que la colección «Informe» debía recoger estos acuerdos, limitados en sí, pero al mismo tiempo transcendentes por su significación, por las circunstancias en que son adoptados y por su repercusión en la vida política nacional al crear un clima de mayor sosiego y serenidad. Por ello incluimos en este número las palabras de presentación de los acuerdos del Consejo pronunciadas por el Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de la Presidencia, don Alfonso Osorio García, verdadera exposición de motivos de los mismos, el texto del Real Decreto-ley en que se formulan aquéllos y los de los Decretos sobre productos petrolíferos y consumo de energía eléctrica.
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