La acción independiente y objetiva del Consejo de Estado contribuirá con más claridad a hacer más efectivos, más vivos los anhelos de justicia y de igualdad, que son ya hoy patrimonio colectivo del pueblo español
Señor Presidente,
Señores Presidentes del Congreso y del Senado, Señores Consejeros,
Señoras y señores:
La toma de posesión del nuevo Presidente del Consejo de Estado constituye una ocasión particularmente grata para que el nuevo Gobierno, al que represento en este acto, acuda por primera vez a este altísimo Órgano consultivo. Las propias normas del Consejo de Estado me otorgan hoy el honor y el placer de presidir esta importante sesión, sesión en la que asistimos no sólo a la toma de posesión del nuevo Presidente, sino también a la toma de posesión de don Pedro Laín Entralgo como Consejero nato de este Consejo de Estado. Y me van a permitir que, de una forma lo más llana posible, me acerque al sentido que para el actual Gobierno de la Nación tiene un acto como este.
Cobra su máxima dimensión el sentido de nuestra idea de pactos con la sociedad cuando nos encontramos ante un plazo no superior a veinticuatro horas en que hombres de la talla humana, de compromiso social son su sociedad, protegida y reconocida como don Pedro Laín Entralgo, como don Antonio Hernández Gil, pasan a formar parte de este Consejo de Estado, y hombres como don Joaquín Ruiz-Giménez sea proclamado como candidato por el Congreso y por el Senado para el importante cargo de Defensor del Pueblo. Son tres hombres de los que nuestra sociedad puede sentirse orgullosa, sin ninguna vinculación directa ni indirecta con el Gobierno de la Nación, que ven hoy de alguna forma restituidos sus méritos y sus valores por una sociedad que les reintegra en los puestos que esta sociedad considera que merecen.
Don Pedro Laín Entralgo, un hombre de cultura, de compromiso humano, de compromiso social, Consejero nato por haber sido meritoriamente elegido Director de la Real Academia de la Lengua, Academia por la que siento una gran afición y que me hace doblemente agradable el asistir, e incluso el presidir este acto en el que don Pedro Laín Entralgo viene a representar no sólo ese compromiso con la sociedad, sino ese compromiso con el sosiego necesario para que el trabajo de la Real Academia sea un trabajo por encima de intereses; es decir, al servicio de toda la comunidad de habla española.
La lengua, el habla y el lenguaje son condiciones que don Pedro Laín Entralgo sabe representar y sabrá representar, y que se funden también con un hombre de la precisión lingüística y conceptual como don Antonio Hernández Gil. Porque es cierto que estamos aquí en una toma de posesión, en una doble toma de posesión; pero también es cierto que estamos ante un relevo, y un relevo es un acto democrático, según nuestra concepción de la convivencia pacífica.
Asistimos también a un cese, a petición propia, de don Antonio Jiménez Blanco. Me van a permitir que informalmente dirija también algunas palabras sobre la personalidad del hombre que hoy deja de ser Presidente del Consejo de Estado. Y para hacer justicia a la historia, diré también que yo tuve conocimiento de esa petición voluntaria de cese en la mañana del propia día veintinueve por deferencia de don Antonio Jiménez Blanco, andaluz como yo, de quien fui oponente en el Congreso de los Diputados y, por tanto, sé bien cómo él asimismo sabe ser duro y flexible a la vez, de autoridad liberal, agudo y cortés, distante y humano; un hombre de los que podríamos calificar «generación perdida» por los avatares coyunturales de la historia que, sin embargo, supo aprovechar su tiempo y supo hacer el trabajo que consideró debía hacer. Radical, tal vez, para la época en que vivió su juventud y puede ser que académico para los que llegan ahora; una generación a la que pertenecía, emparedada, de la que sólo el tesón, el trabajo y un horizonte limpio han creado hombres como Antonio Jiménez Blanco.
Y le sustituye don Antonio Hernández Gil, hombre jurista sobre todas las cosas, Presidente de las Cortes Generales en la legislatura constituyente, Catedrático de Derecho civil de la Universidad Complutense, Presidente de la Comisión General de Codificación y autor de diversas obras sobre metodología jurídica, concepto de la posesión, en el sentido social de la posesión; epistemología jurídica, multitud de dictámenes, concepción estructuralista de las ideas y de los análisis; un hombre que yo creo representa perfectamente la ecuanimidad, la imparcialidad, la objetividad y el compromiso; un Presidente de las Cortes que supo, a mi juicio, ser capaz de recoger el aspecto estético de lo decadente en la forma y el aspecto de la eficacia en la acción; un hombre como don Antonio Hernández Gil, que pasa a ser hoy Presidente de este Alto Organismo.
Y me dirijo al Consejo de Estado en virtud de su propia Ley orgánica, que ha sabido acoplar su secular quehacer a las formulaciones de nuestra Constitución de mil novecientos setenta y ocho; un Consejo que compendia en las personas que lo componen la continuidad de una labor de asesoramiento jurídico-administrativo que se remonta a la Constitución gaditana. Nadie mejor que este Alto Organismo para comprender las exigencias del Estado constitucional que tan tempranamente surgió en España.
La desaparición del concepto patrimonial del Estado explica con luminosidad la génesis del Consejo de Estado, pues los asesores personales del Poder público dieron paso a un Consejo de rasgos y características mucho más independientes que, precisamente desde esa independencia, ejercía una función consultiva que paulatinamente fue decantándose en beneficio del conjunto de la Administración, de modo que llegó a sentar las bases del régimen administrativo en España.
El Ejecutivo, el Gobierno, como tuvo ocasión de expresar su Presidente a lo largo del debate de investidura, se halla comprometido en una gran empresa destinada a garantizar al conjunto de los ciudadanos la justicia, la igualdad y la libertad. Todo lo cual confía esperanzadamente alcanzar por medio del cauce por el que discurre la Constitución. Pero en esta empresa el Gobierno no está ni puede estar aislado. En el juego de poderes con que se equilibra nuestro sistema constitucional, coadyuvan con el Ejecutivo las Cortes Generales, el Poder Judicial, desde su independencia, y, en sus ámbitos respectivos, las Comunidades Autónomas y la Administración Local. Y en tan delicado equilibrio, el Consejo de Estado aparece aportando la savia que circula para garantizar el respeto a la Constitución, la solvencia jurídica, la experiencia administrativa; en definitiva, el control de la legalidad. Se pueden señalar los ámbitos en los que la acción independiente y objetiva del Consejo de Estado contribuirá con más claridad a hacer más efectivos, más vivos los anhelos de justicia y de igualdad, que son ya hoy patrimonio colectivo del pueblo español.
Para tales ámbitos, el Gobierno que represento mira con esperanza, con ilusión y con entusiasmo al Consejo de Estado en la seguridad de que sus funciones consultivas contribuirán a despejar las innevitables oscuridades que han de brotar en el camino.
En el ámbito de la producción legislativa, mi Gobierno tiene el empeño prioritario de culminar el desarrollo normativo de la Constitución. Se trata de un propósito de compleja realización; pero indispensable para ajustar definitivamente el conjunto del ordenamiento jurídico a las formulaciones constitucionales.
No es menester que evoque ente este Consejo la trascendencia de tal empeño; pero sí me interesa apuntar que el Presidente del Ejecutivo y sus Ministros enfocan este objetivo con la confianza que proporciona el saber que contará con la función consultiva del Alto Cuerpo al que me dirijo.
No menos confianza tiene mi Gobierno en la colaboración que obtendrá en el ámbito de los derechos subjetivos de los ciudadanos. La doctrina del Derecho público destaca cada vez con mayor vigor el papel que juega el procedimiento administrativo en orden a la protección y garantía de los derechos individuales y, como establace la Ley orgánica que lo regula, el Consejo de Estado tiene atribuida la competencia para conocer los recursos administrativos deducidos en virtud de una Ley contra el Consejo de Ministros, las Comisiones delegadas del Gobierno o la Presidencia del mismo, así como los recursos de revisión y las reclamaciones derivadas de los contratos y concesiones administrativas y las indemnizaciones por daños y perjuicios. Se trata de un ámbito de actuación particularmente rico, donde, bajo forma jurídico-administrativa, está latiendo la protección y garantía de los intereses que derivan de la relación Administración-administrados. En esta competencia, más la obligada consulta en torno a las dudas y discrepancias que surjan en el cumplimiento de Tratados, Convenios o Acuerdos internacionales o las disposiciones administrativas dictadas en ejecución de éstos, se configuran el Consejo de Estado como garante privilegiado de la constitucionalidad y legalidad de la actuación jurídica. No podía tener el Gobierno que represento mejor colaborador en sus esfuerzos por asegurar los principios medulares del Estado de Derecho.
Una de las certeras aportaciones que ha introducido la Ley orgánica tres/mil novecientos ochenta, que regula al Consejo de Estado, a las añejas competencias en este Consejo, ha permitido insertar a este Alto Cuerpo consultivo en la nueva estructura autonómica del Estado español.
Resulta, pues, que en la empresa de consolidación del sistema autonómico, el Consejo de Estado aportará su probada experiencia jurídico-administrativa para ir decantando la pluralidad de iniciativas descentralizadoras en dirección al mejor respeto de los principios constitucionales. El nuevo Gobierno sabe que su obra está respaldada desde esta perspectiva por la función consultiva y autónoma del Consejo de Estado. La labor gubernativa, contrastada por los dictámenes de este Organismo, ganará en vigor, en rigor jurídico-administrativo y en globalidad. El Ejecutivo y el Consejo de Estado concurren en torno a los objetivos de velar por la Constitución, por el ordenamiento jurídico, por el respeto al Estado de Derecho y por asentar definitivamente el principo de legalidad. No es casual esa coincidencia que denota el secular esfuerzo juridificante del Consejo de Estado y la voluntad democrática del Gobierno.
Estoy convencido de que de esa concurrencia saldrá beneficiada la sociedad española y que de ello no será ajeno este Consejo.
Tengo, por tanto, el honor y el placer de asistir a esta doble toma de posesión —a este relevo también—, y tengo ahora la honra de dar por levantada esta sesión.
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